El embargo es una figura jurídica que se aplica a la hora de no cumplir con el pago de una obligación o deuda. Es un procedimiento que se lleva a cabo, por tanto, para compensar la pérdida de dinero por parte de la entidad financiera.
Continúa leyendo este artículo para saber en qué casos es posible frenar un embargo y cuál es la solución que elimina definitivamente las deudas.
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¿Qué es un embargo?
Como adelantado, un embargo se da cuando, ante una deuda o incumplimiento de pagos, es necesario proceder con una expropiación forzosa de los bienes del deudor que no puede pagar su crédito.
¿Cuáles bienes se pueden embargar?
Generalmente, se concede al acreedor el derecho de elegir cuáles de los bienes del deudor embargar y, en consecuencia, el tipo de procedimiento a seguir. Éste también puede embargar, acumulativamente, varios bienes del deudor (dinero, bienes muebles, inmuebles, créditos).
- Cuentas corrientes y dinero;
- Joyas y objetos de valor;
- Rentas e intereses;
- Bienes muebles, acciones, títulos;
- Bienes muebles, incluso la propria vivienda en la que se vive.
¿Por qué se llega a embargar bienes?
Lo primero a tener en cuenta es que, a la hora de pedir un préstamo financiero – evidentemente- hay que cumplir con los pagos dentro del plazo establecido en el contrato. Si esto no ocurre, se entra en mora y, si se sigue sin pagar, el banco puede tomar posesión de los bienes para compensar con las deudas.
Concretamente, el embargo tiene el objeto de sustraer determinados bienes al deudor, para poder venderlos mediante subasta judicial, a fin de permitir al acreedor recuperar la cantidad a la que tiene derecho. Si se obtienen mayores beneficios del activo, la parte sobrante se devuelve al moroso. Sin embargo, si son inferiores, será necesario proceder a nuevas ejecuciones.
Cabe destacar que, a la hora de poner en marcha un embargo – sea de bienes muebles o inmuebles – el acreedor puede poner a la venta en subasta pública el bien embargado.
Embargo inmobiliario
La ejecución hipotecaria, que se refiere a un inmueble como una casa, es un acto con el que se inicia el proceso de ejecución de la expropiación forzosa de un inmueble.
¿Qué significa? Quiere decir que el deudor, propietario de la casa, que no ha pagado sus deudas al acreedor, sufre la sustracción de la casa por parte del acreedor con el procedimiento de expropiación forzosa. Una vez que la casa ha sido embargada, se puede vender en subasta.
¿Se puede evitar el embargo de un inmueble?
Una de las preguntas más frecuentes es cómo es posible proteger su vivienda de los acreedores y, por tanto, de una posible ejecución hipotecaria cuando las deudas son muy elevadas.
En este sentido, el notario puede ofrecer diversas soluciones con el fin de intentar evitar este riesgoso peligro. Solicitar asesoramiento notarial, si temes un problema de este tipo, es sin duda la solución más recomendable, ya que ayudaría a evitar cualquier peligro para el futuro. Puede haber diferentes métodos, analicemos cuáles son.
Registrar la casa a nombre de otra persona
Para evitar el peligro de perder la casa, una solución podría ser registrar la casa a nombre de otra persona. Para lograr este resultado es necesario acudir al notario y estipular una escritura pública notarial o escritura de compraventa o donación.
Por lo general, entre los miembros de la familia existe una tendencia a registrar una casa como donación precisamente porque no quieren pagar una tarifa por la transferencia de los derechos de propiedad.
Plazo de amortiguamiento
Esta opción prevé la posibilidad de «pausar» las deudas durante un tiempo; es decir, se puede evitar el pago de capital e intereses hasta que la situación financiera del deudor mejore. Sin embargo, una de las posibles consecuencias es que el dinero a devolver aumente, con lo cual la deuda no será la misma de antes.
Cabe destacar que esta posibilidad no es muy común y las entidades financieras pueden rechazar la solicitud según su política interna.
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Fondos patrimoniales
Acudir al notario para crear un fondo patrimonial e insertar la casa en él es una de las soluciones más tradicionales. Sin embargo, hay que decir que el fondo patrimonial podría ser impugnado e incluso revocado por los acreedores dentro de los cinco años siguientes a su constitución, precisamente en el caso en que el deudor se encuentre sin bienes embargados.
Lo anterior no excluye que la vivienda constituida como fondo de patrimonio pueda ser embargada cuando la deuda impaga haya surgido por deudas laborales, necesidades familiares o impuestos sobre la renta. Por ello conviene tener mucho cuidado y contactar con el notario para entender si en el caso concreto es conveniente aportar un fondo de participación.
La función principal del fondo patrimonial es, por tanto, la protección de los intereses familiares, aunque se utilice principalmente para defenderse de acreedores ajenos a la familia.
Recomendaciones útiles
Ahora bien, al llegar a las conclusiones de este artículo, esperemos haber aclarado tus dudas sobre las maneras para evitar e/o solucionar un embargo inmobiliario. No obstante, sería útil que supieras y aplicaras unos tips para prevenir la situación.
Uno de los consejos mejores para no esperar hasta el último momento para hacerse cargo de una situación de embargo de bienes es incluir en la póliza de seguro una cláusula de protección contra el desempleo.
¡Recuerda!
El deudor no puede vender, sustraer, destruir o deteriorar los bienes embargados, ya que estos garantizan la compensación del acreedor. La satisfacción del crédito puede realizarse mediante la venta en subasta o la expropiación directa de los bienes al acreedor.
¡TEN EN CUENTA! Si los bienes embargados son insuficientes o su liquidación resulta costosa e inconveniente, el juez puede solicitar al deudor que indique otros bienes adicionales, advirtiendo sobre las consecuencias penales de una declaración falsa. El acreedor también puede pedir al Tribunal que localice otros bienes embargables utilizando bases de datos de la administración pública y seguridad social.
Además, hay la posibilidad de suspender el embargo a través de la Ley de Segunda Oportunidad, de la cual hablaremos en el próximo artículo.