Según las circunstancias, las indemnizaciones de los seguros pueden estar sujetas o exentas de IVA. Entre las variables se encuentran el tipo de seguro y la cantidad de las indemnizaciones.
Lo más importante
- Por lo general, según la ley, «todas las operaciones de seguro están exentas de IVA», tanto en España como en le resto de Europa.
- Sin embargo, es verdad que hay unas excepciones con respecto a ciertos impuesto que el asegurado tiene que abonar, tanto a la compañía de seguros como a Hacienda.
- El IVA en las indemnizaciones de los seguros está prevista siempre y cuando el beneficiario sea persona jurídica y pueda obtener la devolución del impuesto en la declaración de la renta.
¿Qué es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)?
El IVA es una tasa que entró en vigor en España en 1986 y está relacionado con la compra de servicios profesionales y bienes, gravando sobre el consumidor final. Se define impuesto indirecto porque carga la producción, el tráfico, el gasto y el consumo de algo. Por supuesto, el valor cambia dependiendo de si el sujeto es persona física o jurídica.
En la cadena de producción, el IVA siempre se abona al comprador y se puede repercutir en la sucesiva venta, si esta está prevista. De hecho, para quienes se encuentren en el medio de la cadena productiva, se prevé el pago a Hacienda de la diferencia entre el IVA de los productos comprados y el IVA que se repercute a la hora de vender el producto acabado.
Pero, ¿qué pasa si los productos corresponden a servicios de seguros?
Indemnizaciones de seguros exentos de IVA
Como adelantado, por norma general, los seguros no prevén el IVA en las indemnizaciones. De hecho, según el art. 20 de la Ley 37/1992 (28 de diciembre), las indemnizaciones de los seguros en España no prevén el pago del valor añadido. Lo mismo ocurre por los reaseguros y las capitalizaciones.
No obstante, en el siguiente párrafo analizaremos cuáles son los impuestos que estamos obligados a pagar, dependiendo del tipo de póliza aseguradora.
Indemnizaciones de seguros con IVA
Como es bien sabido, aunque la mayoría de las pólizas no prevén el pago del IVA en las indemnizaciones, sí obligan al cobro de unos impuestos.
Impuesto sobre prima de seguro
Según los Presupuestos Generales del Estado, a los diferentes tipos de prima de seguro hay que añadir otra tasa, el IPS, que en 2021 sufrió una subida entre el 6 % y el 8 %.
Recargo CCS
Impuesto obligado por el Consorcio de Compensación de Seguros. Por lo general, las aseguradoras cobran el impuesto a los asegurados, junto con la prima de seguro y, luego, lo liquidan al CCS.
El CCS se ocupa de cubrir todos aquellos riesgos que las compañías privadas no quieren asumir (se trata de riesgos extraordinarios, como inundaciones o terremotos).
Resumen
A raíz de lo que acabamos de mencionar, hemos entendido que no está previsto el pago del IVA en las indemnizaciones de los seguros. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, cada vez que una entidad aseguradora tenga que intervenir para solventar un problema, los servicios proporcionados se encarecerán.
Por ende, aunque no esté previsto el IVA directo sobre las indemnizaciones, sí es verdad que hay que pagar los impuestos generales de otros productos (por ejemplo, la factura del talles en un siniestro de coche) se reflejarán en el coste final del seguro.