Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, al cumplirse un año del contrato de alquiler de una vivienda, es posible una actualización de la renta del alquiler a las condiciones económicas del momento. Hasta el 26 de mayo de 2023, como índice de referencia para renovar los contratos, se tomaba el IPC (Índice de Precios de Consumo).
Sin embargo, la subida extrema del IPC en el año anterior llevó el Gobierno a tomar medidas. Dichos recursos han sido necesarios para paliar los precios de las viviendas y proteger a los inquilinos. De hecho, con la Nueva Ley de Vivienda, se decidió dejar el IPC para considerar el IGC (Índice de Garantía de Competitividad), que prevé más estabilidad.
Tabla de contenidos
Lo más importante
- Durante los últimos años, el mercado inmobiliario ha sido sujeto a una elevada tasa de crecimiento anual de los alquileres. En consecuencia, al cambiar el mercado, muchas viviendas se han vuelto menos asequibles, empeorando las condiciones de vida de muchos inquilinos.
- En este panorama de alta inflación, el Gobierno ha intervenido, a través de una regulación temporal, para cuidar a los arrendatarios y limitar desahucios. En la práctica, la Nueva Ley de Vivienda prevé un nuevo índice de referencia IGC, que reemplaza el IPC. Este – cuyo límite de subida se fija al 2% –, por ser más estable, resulta adecuado para mantener la competitividad de la economía española.
- Sin embargo, todo depende de los acuerdos tomados a la hora de firmar el contrato. De hecho, según lo estipulado por la libertad de pactos, al cumplirse un año del contrato, se puede acordar el porcentaje de actualización que se quiera, tomando en cuenta cualquier índice.
Guía
Para ayudarte a estar al tanto de la situación actual de tu alquiler, a continuación hemos destacado unas de las preguntas más frecuentes, útiles para aclarar tus dudas.
¿Qué es la actualización de la renta del alquiler?
Según el art. 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la actualización de la renta del alquiler es la posibilidad que tiene un casero de aumentar el precio de la mensualidad de su vivienda.
Tal incremento está establecido para que se ajuste el precio al mercado económico. Por lo general, dicha actualización está prevista para cada año, conforme a la duración de un normal contrato.
¿Cómo calcular el incremento de la renta del alquiler?
Hasta el 26 de mayo de este año, la subida de los precios se basaba en el Índice de Precios de Consumo (IPC), publicado periódicamente en la plataforma online del Instituto Nacional de Estadística (INE). A través de un clic, proporcionando los dos meses límite del contrato, en la web se puede calcular el porcentaje del IPC para la renovación.
Poniendo un ejemplo, si firmamos nuestro contrato en septiembre de 2022, al cumplirse la anualidad en septiembre de 2023, el propietario de nuestra vivienda tendría la facultad de aplicar un incremento del precio. Tal incremento tiene en cuenta el porcentaje del IPC del mes anterior, o sea agosto 2023.
Con una renta mensual es de 1000 euros, ya que el indicador de agosto fue 2,6%, la actualización quedaría en 1260 euros. De la misma forma, cabe destacar que, si el porcentaje de IPC bajara debajo del 0%, la actualización de la renta del alquiler también podría ser objeto de un cambio en negativo.
¿Cómo cambia la actualización de la renta del alquiler en 2023?
Debido a la elevada tasa de inflación del último año, en 2022 la tasa del IPC sufrió un pico desproporcionado, hasta llegar – en el mes de junio – al 10,8%. Por ende, se ha decidido frenar la subida de los alquileres, imponiendo un aumento limitado. Tal limitación está decidida por el Gobierno y se basa en el índice IGC.
El Índice de Garantía de Competitividad (IGC) prevé un parámetro de cambio más estable, entre 0%-2%
En términos simples, una renta de 1000 euros puede subir a 1200 euros, pero no puede bajar. Esta medida temporal está prevista hasta el 31 de diciembre de 2023.
¿Cuáles son las previsiones para el 2024?
Según la Nueva Ley de Vivienda, las medidas tomadas en este año 2023 para paliar las subidas de los alquileres serán prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Criterios para los contratos actualizados con el IGC
- Se tomará como mes de referencia el que corresponda a la fecha de actualización del contrato.
- El porcentaje del índice a tomar en cuenta subirá del 2% al 3% y el cambio será obligatorio para todos, siempre y cuando no haya un acuerdo previo entre las dos partes involucradas en el contrato.
- Aunque haya un pacto entre inquilino y casero, dicho acuerdo tendrá que conformarse a los rasgos límites establecidos por el IGC.
- El índice de actualización afectará tanto a los grandes como a los pequeños tenedores.
- En comparación con el IPC, el IGC se aplica también en zonas tensionadas. Es decir que la tasa se impone también en aquellas zonas en las que la oferta de viviendas resulta insuficiente para la población.
Conclusiones
A la hora de estipular un contrato, sea cual sea el parámetro, siempre convendría especificar el índice de referencia que se desea tomar en cuenta. Al contrario, si en el contrato no se fija una tasa, al cumplirse el año siempre se tomará el IGC por defecto.
Este resulta ser el más estable para beneficiar a los inquilinos, pero también tiene desventajas para ellos, ya que al no poder bajar debajo del 0%, nunca habrá una rebaja de la renta.
IPC | IGC |
Sube y baja sin límites Si el dato aumenta mucho, se pierde poder adquisitivo | Fija los límites de subida entre 0%-2% Resulta fundamental para evitar que los precios aumenten mucho y suba la inflación |
Toma como referencia el mes de la firma del contrato | Toma como referencia el último cálculo (mayo 2023) |
Se utiliza para alquileres posteriores a 2015 | Toma como base el IPC de la eurozona de todos los países que tienen euro |
Para el casero es más beneficioso utilizar el IPC, ya que no está vinculado a porcentajes fijos | Para el arrendador es más beneficioso utilizar el IPC, ya que no está vinculado a porcentajes fijos. Para el inquilino es más beneficioso utilizar el GPC, ya que el precio del alquiler está vinculado a parámetros bastante estables. Esto va a ser una ventaja para el inquilino y una desventaja para el propietario, que no podrá ajustar la renta al mercado |
En conclusión, cabe destacar que en la Ley de Arrendamientos Urbanos está especificado que el propietario de una vivienda tiene la obligación de avisar al inquilino de la subida del precio con un mes de antelación. Además, el casero no puede pedir el pago extra de los meses anteriores al pacto.