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Si tengo un golpe con mi coche, ¿Relleno un parte amistoso?

¿Qué es el parte amistoso o D.A.A. (Declaración Amistosa de Accidente)?

El parte amistoso o D.A.A. es un documento que se utiliza en España desde 1988, año en el que entró en vigor el C.I.D.E. (Convenio de Indemnización Directa Español) con el objetivo de que las compañías aseguradoras agilicen la tramitación de los siniestros y los asegurados sean indemnizados lo antes posible, pero única y exclusivamente para los daños causados a los vehículos.

El parte amistoso es un documento compuesto por 2 hojas autocalcables, lo que permitirá que una vez rellenado por una de las partes, la otra pueda obtener de forma rápida una copia del mismo con todos los datos que ambos hayan rellenado de común acuerdo.

Con un parte amistoso o D.A.A. cumplimentado la compañía contraria tiene 15 días para demostrar la NO culpabilidad de su asegurado.

En caso de NO firmar un parte amistoso o D.A.A. puedes tardar meses e incluso años, si acaba todo en el juzgado, en demostrar la culpabilidad de la parte contraria.

Si tengo un seguro a todo riesgo, tu compañía aseguradora arreglará tu coche, pero si no habéis firmado el parte amistoso, tu compañía puede subirte el precio del seguro en la renovación o no renovarte directamente.

Si tengo un seguro a terceros, tu coche no se reparará hasta que la compañía contraria acepte culpa, y como ya te hemos comentado, sin el parte amistoso puede demorarse muchísimo.

Están excluidos del C.I.D.E. (Convenio de Indemnización Directa Español):

  • Los daños a los vehículos cuando no exista colisión directa.
  • Los daños cuando en el accidente intervengan más de dos vehículos.
  • Cualesquiera otros daños materiales ajenos a los propios del vehículo o perjuicios originados en el accidente.
  • Las exclusiones de la Ley sobre Responsabilidad Civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
  • Los daños corporales.

Cómo actuar en caso de tener un accidente

El parte amistoso se utiliza cuando tiene lugar un accidente en el que están involucrados dos vehículos que han tenido un accidente (sufrido daños materiales).

Lo primero que se debe hacer en estos casos, es estacionar los vehículos en una zona que no obstruya el tráfico.

A continuación, si el accidente ha ocurrido en una autopista o autovía, tendremos que señalizarlo con los triángulos de emergencia para de esta manera poder avisar al resto de conductores.

Una vez que se ha señalizado el lugar del accidente, llega el momento de que las partes involucradas en él determinen cuáles han sido los hechos y, por norma general, esto se hará a través del parte amistoso.

¿Qué ocurre si el contrario no quiere firmar el parte amistoso?

Por desgracia, se da de forma bastante frecuente que la otra parte implicada nos ponga trabas con el parte amistoso. En este caso podemos actuar de varias formas:

  • Si existe una discrepancia en la versión o culpabilidad, llamar a la Policía Local o Guardia Civil para que medien y realicen el levantamiento de un atestado en el que se refleje lo sucedido.
  • Si la parte contraria, por el motivo que sea, asegura no tener tiempo y quiere marcharse sin esperar a las autoridades, o simplemente se niega a firmar nada, documentar todo con videos y fotografías, asegurándonos que incluimos al vehículo contrario con la matrícula claramente reflejada, daños de los vehículos, lugar del accidente… y recoger los datos de contacto de algún testigo por si fuese necesario ir a juicio.
Emergencias ZGZ – flickr

Cabe decir que, aunque haya un accidente entre dos vehículos y no existan daños materiales graves, es imprescindible firmar el parte amistoso para que las aseguradoras puedan repartir responsabilidades.

¿Y si la aseguradora contraria rehúsa el siniestro?

Con un parte amistoso firmado es muy complicado aunque se puede dar el caso. Existen diferentes motivos por los que una compañía contraria con un parte amistoso pueda rehusar el siniestro: Por mala cumplimentación, no se especifique de forma clara el origen y causa del accidente… Si esto ocurriera, en un seguro a todo riesgo nos daría igual, pero en un seguro a terceros deberíamos utilizar la cobertura de defensa legal para la reclamación de daños.

¿Cuánto tiempo tengo para dar un parte a mi aseguradora?

Según el artículo 16 de la Ley del Contrato del Seguro, el plazo máximo para comunicar a la aseguradora la ocurrencia de un accidente es de 7 días desde que tenemos conocimiento del mismo. Este tiempo puede incrementarse cuando así se fije en la póliza de forma explícita. 

En el caso de que hayan transcurrido los 7 días y el asegurador aún no hubiere recibido la notificación del accidente por ninguna vía, lo más recomendable es dar el parte sea en la fecha que sea. Pensando en las medidas que pudiera llegar a adoptar la compañía al respecto, siempre es preferible que exista una declaración, a pesar de que se haya realizado con demora.

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