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Aval bancario: por qué es importante contratar uno.

Un aval bancario es una garantía que una entidad asume frente a las obligaciones financieras de terceros. De hecho, a la hora de pedir un préstamo, según la Ley de Segunda Oportunidad, se pueden tomar medidas para gestionar eventuales impagos y deudas.

En este artículo contestaremos a las preguntas más frecuentes de los usuarios, para que se eviten sorpresas inesperadas a la hora de contratar una obligación económica.

Un aval bancario es una garantía que una entidad financiera asume frente a obligaciones económicas de terceras partes

¿Qué es un aval?

Un aval es una garantía que una persona, o una entidad, puede asumir frente a una obligación económica de terceras partes. De hecho, el aval no solo existe en función de un banco, sino también en relación con cualquier persona, jurídica o física, que se haga cargo de las deudas de otros. Dichos garantes toman el nombre de avalistas.

En otras palabras, en función de los emisores, un aval puede ser personal o bancario.

No hay que confundir los avales con las garantías, ya que estas últimas prevén que el deudor responda de manera directa con sus bienes y no cuenta con terceras personas garantes.

¿Qué tipos de avales bancarios existen?

  • Avales financieros: en este tipo de contrato, a la hora de cubrir unas deudas, el banco garante se ocupará de pagar con dinero;
  • Avales técnicos: al avalista no le corresponde una obligación económica directa, sino que se compromete para prestar servicios o responder del incumplimiento del avalado frente a tribunales de justicia u organismos públicos. Dicho de otra forma: se saldan las cuentas con prestaciones y trabajos;
  • Créditos documentales: se trata de avales internacionales relacionados con operaciones de importaciones y exportaciones. En otros términos: la entidad bancaria se hace cargo del impago de la parte exportadora;
  • Pre aval: el banco, previamente, se compromete a pagar a favor del solicitante.

¿Cómo se solicita un aval bancario?

En concreto, para llevar a cabo un aval bancario, hay que formalizar, ante de un notario, una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria o, en cambio, una Póliza de Cobertura para Límite de Garantías Bancarias, siempre y cuando se pidan varios avales.

Por lo general, en cualquier operación financiera, el banco analiza la capacidad económica de un solicitante para entender si puede – o no – asumir el riesgo de prestarle dinero. Dicha operación, por supuesto, depende de las condiciones económicas del solicitante a la hora de pedir una financiación.

Por lo que concierne el plazo de duración, este es subjetivo y depende del pacto entre las partes. No obstante, según el art. 111.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, un aval no puede ser cancelado antes del vencimiento del contrato al que se refiere.

¿Cuánto cuesta un aval bancario?

El coste de un aval bancario varía en función de la normativa del banco con el que se opere, con lo cual, no existe un índice fijo. Al coste efectivo, hay que añadir los costes de comisiones y, de vez en cuando, si el propio banco no se hace cargo, también los gastos de notaría (puede corresponder al 0,3 % del aval).

Normalmente existen dos tipos de comisiones frente a la solicitud de un aval bancario:

  1. Comisión de abertura: es un importe que, por lo general, corresponde al 1 % de la cuantía asegurada y se paga una sola vez;
  2. Comisión de riesgo: el banco pide un importe regular (cada tres meses) durante todo el plazo de duración del aval. La cuota depende del riesgo que el banco puede aceptar, del plazo y del tipo de compromiso.

¿Por qué es recomendable disponer de un aval bancario?

El aval bancario siempre es recomendable porque facilita las prácticas de financiación. Por ejemplo, en caso de comprar una vivienda, el aval bancario te asegurará la renta, ya que, al no poder cumplir con los pagos, el banco abonará el número de mensualidades avaladas.

Secundariamente, la propia entidad financiera procederá a reclamar la devolución al deudor.

Aval bancario en caso de impago


Cabe destacar que, puesto que los bancos necesitan una seguridad antes de conceder un préstamo, existen situaciones en las que la medida se vuelve obligatoria.

  1. Cuando el solicitante no tenga un contrato de trabajo o, este, no sea indefinido;
  2. Cuando el valor de la financiación supera el 80 % del valor del inmueble (en caso de compraventa inmobiliaria);
  3. Cuando el solicitante tiene una edad avanzada.

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